Inscripción para Concursos de Ascenso, Traslado, Acumulación e ingreso 2008
Inscripción para interinatos y suplencias 2009
Información necesaria para inscribirse. La misma se realiza durante todo el mes de abril.
Si abrís legajo ( porque te inscribís por primera vez en un cargo) la documentación obligatoria es la siguiente:
DNI, Titulo Secundario, Titulo terciario o constancia de titulo en trámite, Titulo universitario, Cursos de Capacitación Docente con Evaluación y número de horas, antecedentes culturales: Textos, artículos periodísticos, CD's, videos, trabajos publicados con órgano de difusión, lugar y fecha, participación en exposiciones, torneos, conciertos, etc. Deben remitirse con programa y aval de los organizadores del evento.
- Consignar todo lo que se envía en el reverso de las planillas respectivas.
- las constancias de antigüedad no deben enviarse con la inscripción. deben ser remitidas a la DAD por separado. .
- toda la documentación deberá presentarse en una carpeta de tres solapas, conjuntamente con las tres planillas, 01, 01a y 01c. No enviar nada en sobres aparte.
Si ya tenés legajo en Junta:
- mandar solamente documentación nueva, o aquella que no haya sido remitida anteriormente.
- no mandar documentación repetida.
- toda la documentación deberá presentarse en una carpeta de tres solapas, conjuntamente con las tres planillas, 01, 01a y 01c.
- una vez que hayas realizado la inscripción, tienen que entregarte el formulario 01a. Este constituye recibo de la tramitación, y podés llegar a necesitarlo en caso de tener que realizar algún reclamo.
Docente que ya son Titulares
- para acumulación la inscripción es automática.
- para ascenso, hay que inscribirse adjuntando una nota en la que se exprese la voluntad de participar de el concurso de ascenso
- para traslado deberás presentar una nota solicitándolo por el o los cargos que desees trasladar, e incluirla en la carpeta de inscripción.
Tené presente que para traslado por causal d), es necesario tener dos años de antigüedad efectiva en el cargo, que se cuentan desde el día en que tomás posesión, no del día que elegiste el cargo, mientras que para las causales a), b) o c), este requisito no es necesario. No se podrán trasladar aquellos cargos que no hayan sido incluidos en la nota de solicitud.
- para poder hacer efectivo el traslado, hay que estar en situación activa durante todo el año en el escalafón por el que se traslada, la que debe continuar hasta la fecha de toma de posesión al año siguiente.